INVASIÓN DE PROPIEDAD AJENA

Entrada Ilegal

Aunque el cargo por la invasión de propiedad ajena sin permiso parece ser algo sin importancia, no lo es. En California, el cargo de invasión de propiedad ajena se puede imputar como una infracción, delito menor o delito mayor. Aun cuando no se imponga una sentencia en la cárcel del condado, la condena por un delito de invasión de propiedad ajena sin permiso se quedará en su récord como antecedente penal. Es decir, existen muchos riesgos al defender un cargo por invasión de propiedad ajena.

LEY DE CALIFORNIA

La Ley de California define la invasión de propiedad ajena como un delito como una entrada ilegal a la propiedad de alguna persona o la intromisión ilegal en propiedad ajena. La ley sobre la invasión de propiedad ajena se especifica en el Artículo 602 del Código Penal de California. Existe una variedad de conductas que pueden dar como resultado que se imponga un cargo penal por el delito de invasión de propiedad ajena:

  • Entrar a un terreno ajeno sin permiso
  • Destruir o sacar madera de un terreno ajeno
  • Dañar, cortar o llevarse productos de granja de un terreno ajeno
  • Cavar o sacar tierra o piedras de un terreno ajeno
  • Lastimar o recoger mariscos de un terreno ajeno, incluyendo la superficie sumergida debajo del agua
  • Rehusarse a salir de un terreno, edificio o casa ajenos cuando se le pida hacerlo
  • Poseer u ocupar una habitación residencial sin el permiso del dueño
  • Dañar una cerca, portón o anuncio en propiedad ajena
  • Abrir o derribar la cerca de alguna persona
  • Dañar, derribar o quitar los anuncios y notificaciones colocadas en cualquier propiedad del gobierno
  • Dañar o llevarse animales de una granja
  • Hacer fogatas en un terreno ajeno
  • Interferir con el negocio de alguna persona
  • Tratar de forzar el seguro en una puerta de una propiedad ajena
  • Esquiar en un área cerrada
  • Entrar ilegalmente a una terminal de un aeropuerto, de buques o autobuses
  • Manejar un auto en propiedad ajena sin permiso
  • Rehusarse a salirse de un edificio público cuando el edificio esté cerrado en el momento en el que se lo pida algún empleado o guardia de seguridad
  • Rehusarse a salir de un aeropuerto o de alguna terminal de pasajeros
  • Rehusarse a someterse a una revisión en el aeropuerto
  • Evitar intencionalmente la revisión al entrar a un tribunal o a algún otro edificio municipal, estatal o del condado que tenga el acceso controlado
  • Rehusarse a salir de un hotel o motel
  • Amenazar a alguien con dañarlo gravemente y entrar ilegalmente a un terreno para cumplir con dicha amenaza.

DELITO MENOR O DELITO MAYOR

En California, la mayoría de las violaciones penales por invadir una propiedad ajena se procesan como delitos menores; raras veces el cargo por el delito se impone como un delito mayor. La mayoría de las condenas por la invasión de una propiedad ajena tienen una condena máxima de 180 días en la cárcel del condado junto con una multa de $1000, libertad condicional sin supervisión, servicio a la comunidad, CalTrans, órdenes de alejamiento, y/o restitución.

Ciertas violaciones de la invasión de propiedad ajena como delito menor se exponen a que se aumente la condena a un año en la cárcel del condado. Si se presenta un alegato de “invasión de propiedad ajena con agravantes”, entonces el fiscal puede presentar el cargo de invasión de propiedad ajena como un delito menor o delito mayor. El cargo por invasión de propiedad ajena con agravantes por lo general se imputa cuando alguien amenaza causarle a una persona una lesión corporal grave y entra ilegalmente a la propiedad de dicha persona con la intención de cumplir con su amenaza.

El cargo por invasión de propiedad ajena con agravantes se define en el Artículo 601 del Código Penal de California. Si el fiscal lo procesa como delito grave, entonces la condena varía entre dieciséis (16) meses y tres (3) años en la prisión estatal. Como delito menor la exposición máxima es un año en la cárcel del condado.

ABOGADOS DE LOS ANGELES CON EXPERIENCIA

Los Abogados Defensores Penalistas de las oficinas de Rodriguez, Lewis & Kahn han defendido exitosamente a individuos que han sido acusados con el delito de invasión de propiedad ajena. Los cargos por invasión de propiedad ajena son delicados en cuanto a que a alguien se le puede imputar el cargo de invasión de propiedad ajena aun en situaciones en donde al individuo a quien se le ha imputado el cargo no tenía idea de que estaba prohibida la entrada a dicha propiedad.

Si a usted o a alguien que usted conoce se le ha acusado de invadir propiedad ajena, llámenos sin costo para evaluar su caso. Es importante que aprenda cuáles son sus derechos, defensas y el sistema tan complicado de justicia penal. Trataremos de conseguir que se deseche su cargo de invasión de propiedad ajena o que se le reduzca a una infracción. Trabajaremos para impedir que vaya a la cárcel al solicitar una condena alternativa. También estaremos preparados si su caso debe ir a juicio, para pelear y conseguir un veredicto de “No Culpable”.

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