¿PUEDO SER DEPORTADO SI TENGO UNA CONDENA CRIMINAL?

Los inmigrantes que viven en los Estados Unidos pueden ser sujetos de deportación si son condenados por una ofensa penal, ya sea que estén aquí legalmente o no. De acuerdo con lo dispuesto por las leyes de inmigración de los EE.UU., cometer ciertos delitos en California puede causar la deportación de los Estados Unidos. Sin importar cuánto tiempo haya vivido usted en el país, si tiene hijos nacidos en Estados Unidos, ni tampoco cuál sea su estatus de inmigración. Por ello, es crucial para los inmigrantes contraten a un abogado en defensa penal con conocimiento y experiencia, no sólo en derecho penal, sino también en derecho migratorio.

¿Preguntas? ¿Preocupaciones? Estamos aquí para ayudarle. Contáctenos hoy.

¿QUÉ DELITOS PUEDEN CAUSAR LA DEPORTACIÓN EN CALIFORNIA?

Existen cinco tipos de delitos que pueden causar la deportación en California:

  • Delitos de conducta moral
  • Delitos graves
  • Delitos de drogas
  • Delitos con armas de fuego
  • Delitos de violencia intrafamiliar.

DELITOS DE CONDUCTA MORAL (CIMT)

Los delitos relacionados con la conducta moral se refieren a actos inherentemente malvados o malos. Los delitos de conducta moral generalmente incluyen delitos graves e intencionados a diferencia de otros de menor gravedad. La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) a menudo considera los delitos morales como una conducta contraria a la justicia, honestidad y moralidad. Ésta es una lista de algunos de los delitos de conducta moral en California:

  • Complicidad (si el delito en cuestión es de conducta moral)
  • Agresión con un arma mortal
  • Intento de homicidio
  • Robo
  • Abuso de menores / Negligencia/ Poner en peligro
  • Conspiración para cometer un delito de conducta moral
  • Criminal convicto por posesión de armas
  • Amenazas criminales
  • Manejar bajo los efectos del alcohol o drogas con agravantes
  • Extorsión
  • Falsificación
  • Fraude
  • Robo de vehículos (delito grave)
  • Chocar y darse a la fuga (delito grave)
  • Exhibición indecente
  • Secuestro
  • Homicidio (Voluntario o Imprudente)
  • Asesinato/ Intento de asesinato
  • Perjurio
  • Transporte y/o venta de drogas
  • Violación
  • Recibir bienes robados
  • Atraco
  • Acoso
  • Vandalismo (delito grave)

Cualquier individuo que no sea ciudadano, tras haber sido admitido en los Estados Unidos, es sujeto a la deportación si es condenado por:

  • Dos delitos distintos de conducta moral; o
  • Un delito de conducta moral, si éste se cometió cinco (5) años después de haber entrado a los EE.UU., y si la condena fue de un año o más.

DELITOS GRAVES

La segunda categoría de delitos por los que le pueden deportar son los delitos graves. Cualquier condena por un delito grave puede resultar en la deportación de los Estados Unidos. El tráfico de extranjeros, pornografía infantil, secuestro, asesinato, violación, tráfico de drogas, tráfico de armas, abuso sexual de menores, los delitos relacionados con la prostitución y los delitos de fraude implicando bienes robados de más de $10,000, son todos considerados delitos graves. Algunos también son considerados delitos de conducta moral. Ciertos delitos menores en California son ahora considerados graves por los Tribunales de Inmigración de los EE.UU. Los inmigrantes condenados por un delito grave pueden ser deportados inmediatamente, así que es esencial evitar una condena a toda costa para proteger el derecho de las personas acusadas de permanecer en los Estados Unidos.

DELITOS DE DROGAS

Los delitos de drogas tienen algunas de las consecuencias más severas para la inmigración. Casi todos los delitos por drogas en California terminan en deportación, inhabilitación para obtener residencia, pérdida de asilo e imposibilidad para obtener la ciudadanía. Estos son algunos delitos que pueden terminar en deportación:

  • Posesión de sustancias controladas para uso personal
  • Posesión de drogas para su venta
  • Venta/tráfico/transporte de drogas
  • Fabricación de drogas.

Los delitos de drogas son algunos de los motivos más comunes de deportación, resultando en decenas de miles de deportaciones cada año. De todos modos, ahora que California ha legalizado la posesión de pequeñas cantidades de marihuana (menos de 30 gramos) gracias a la Proposición 64, es posible que haya menos deportaciones por ofensas relacionadas con la marihuana.

DELITOS CON ARMAS DE FUEGO

La mayoría de casos de delitos con armas de fuego, terminarán en la deportación de aquellos a quienes se les ha impuesto una condena. Esto incluye la compra, posesión, uso, transporte, intercambio o venta ilegal de armas. Incluso conspirar o tratar de comprar un arma, es suficiente para justificar una deportación. La agresión con un arma de fuego es una de las ofensas más comunes para la deportación.

DELITOS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA

Cualquier condena estatal o federal por violencia doméstica, o violación de una orden de protección por acoso, abuso, maltrato, negligencia o abandono de menores, es causa de deportación.

CONTACTE A UN ABOGADO DE DEFENSA PENAL EN LOS ÁNGELES

Debido a los recientes cambios en las políticas de inmigración, la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE), puede comenzar procesos de deportación, no sólo contra aquellos que se encuentran ilegalmente en los EE.UU., sino también contra inmigrantes legales que han sido condenados – o incluso solo acusados – de un delito grave. Ahora que la definición de “criminal” se ha expandido en el contexto migratorio, nuestra oficina de abogados ha recibido numerosas consultas por parte de personas preocupadas por las órdenes del ICE y su riesgo de deportación. Sabemos lo estresante que es ser acusado de un delito, y cómo ese peso es aún mayor cuando el estatus migratorio de esa persona está también en juego.

Si usted no es un ciudadano de los Estados Unidos y se le han impuesto cargos o ha sido arrestado por una ofensa penal en Los Angeles, contáctenos inmediatamente para hablar sobre su situación legal y así se informa acerca de las opciones disponibles para usted. Puede que esté en riesgo de ser deportado, especialmente bajo la nueva presidencia. Nuestros abogados pueden ayudarle a permanecer en el país. Llame a Stephen G. Rodríguez & Partners para concertar una consulta confidencial en nuestra oficina.

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