Defensas Penales

Existen varias defensas que un abogado defensor penalista puede usar en un caso penal. La primera defensa es que el fiscal del Estado de California no puede probar todos y cada uno de los elementos del delito penal. En otras palabras, el acusado no cometió un delito. Los elementos de un delito penal se pueden cuestionar si se pueden establecer Actos Involuntarios, Errores de Hechos, Errores Legales, Imposibilidad o Desistir o Retirarse de Cometer el Delito

Aún cuando el fiscal pueda probar que el acusado cometió un delito, un acusado puede afirmar defensas adicionales, conocidas como Defensas Afirmativas. Existen dos tipos de defensas afirmativas: Justificación y Excusa.

Defensas De Justificación

Las defensas de justificación se permiten cuando la conducta del acusado, bajo las circunstancias, no violó la ley. Es decir, el acusado actuó de manera apropiada en una situación difícil. Debido a que la conducta del acusado fue justificada, no hay nada que condenar o castigar.

Las Defensas de Justificación incluyen:

  • Defensa propia - Una persona es justificada de usar fuerza para protegerse cuando existe un miedo razonable de morir o una amenaza de que se usará una fuerza grave e inmediata en su contra, por ejemplo, una amenaza en contra de su vida.
  • Defensa de alguna otra persona – Una persona puede usar fuerza para proteger a otra cuando razonablemente crea que el uso de la fuerza es necesaria para defender a otra persona en contra de un ataque ilegal de un agresor.
  • Defensa de la propiedad - En California, a un individuo se le permite usar una cantidad limitada de fuerza para defender su propiedad. Ya que la propiedad no es tan valiosa como la vida de un ser humano, no se puede usar la fuerza mortal solamente para defender la propiedad.
  • Defensa por parte de las autoridades del orden público - Los oficiales de las autoridades del orden público y todo aquello que actúe en su representación están justificados de usar la fuerza para aprehender a sospechosos criminales. Si un sospechoso amenaza la vida de un oficial en el momento de su arresto, el oficial puede actuar en defensa propia y usar fuerza mortal para proteger su vida.
  • Necesidad - Esta defensa es una defensa de “último recurso” que se puede usar cuando se cumplen cuatro requisitos: el acusado se enfrenta a una “opción de males necesarios”, no hay alternativas legales aparentes, existe una amenaza inmediata y el acusado elige el menor daño. Y por supuesto, el acusado no debe haber causado la necesidad.

Defensas De Excusas

La ley de California reconoce varias defensas cuando un acusado toma una opción socialmente equivocada, pero lo hace porque no puede controlar su conducta.

Las Defensas de Excusas incluyen:

  • Coacción - La defensa de coacción se puede usar cuando un agresor utiliza fuerza o amenaza de usar la fuerza si el acusado se rehúsa a cometer el delito. El acusado no se debe haber expuesto de manera negligente a la situación y debe creer que hay una amenaza de muerte o de daño corporal en su contra. Esta defensa se puede utilizar para cualquier delito, incluyendo homicidio.
  • Embriaguez (Involuntaria y Voluntaria) - Se puede usar la embriaguez involuntaria como una defensa cuando una persona comete un delito que de otra manera no habría cometido de haber estado sobrio, o si el estado de embriaguez pone al acusado en un estado temporal de locura legal. (Por ejemplo: alguien le pone una droga a la bebida de alguna persona, ocasionando que dicha persona alucine y cometa un delito). Las defensas de embriaguez voluntaria tienen más restricciones y se pueden usar como una defensa a un delito que requiere “intención específica.”
  • Limitación de responsabilidad penal – La limitación de responsabilidad penal es una defensa parcial y controversial similar a la de embriaguez voluntaria. Se utiliza la prueba de la condición mental de un acusado para probar que no tuvo la capacidad mental de cometer un delito con una intención específica.
  • Demencia - La defensa de demencia proporciona una defensa completa a un cargo penal. Esta defensa solamente está disponible si el trastorno mental del acusado impide que sepa que su conducta fue errónea. Probar un estado de demencia puede evitar que un acusado sea juzgado o sea ejecutado por un delito.
  • Incitación por agentes de la ley a la comisión de un delito - A un acusado se le puede excusar por cometer un delito si un agente de las autoridades del orden público injustamente lo indujo a cometer un delito. Debe haber sido inducido por las autoridades del orden público y por otro lado el acusado no debe haber estar inclinado a cometer el delito.
  • Infancia - La ley excusa los actos de los niños menores de 7 años porque son demasiado pequeños para que sean penalmente responsables por sus acciones. Se supone que los niños menores entre 7 y 14 años de edad son incapaces de cometer un delito (refutado por los fiscales). Los niños mayores de 14 años no tienen ninguna defensa de infancia. En California, un menor de 16 años en el momento de cometer un delito debe ser juzgado en el Tribunal de Menores.

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