Aceptar Bienes Robados

Comprar, Adquirir, Poseer u Ocultar bienes robados robados es un delito. El delito de aceptar bienes robados se comete cuando una persona compra o tiene en su posesión bienes que han sido robados por medio de hurto, fraude, engaño, desfalco, o que han sido mal habidos por alguien más por medios ilícitos.

La persona que recibe los bienes robados podría ser condenada del delito si tenía conocimiento de que los bienes eran robados en el momento en que los recibió con el fin de ayudar al ladrón. Los siguientes algunos ejemplos:

  • Alguien que compra un reloj de lujo a un vendedor callejero, a un precio sorprendentemente bajo
  • Una persona que de pronto adquiere un televisor, un auto o algún otro artículo caro sin tener los medios económicos para hacerlo
  • Alguien que ofrece su cochera para gardar artículos adquiridos por medios ilícitos
  • Alguien que recibe una copia, adquirida por medios ilícitos, de algún documento privado o inédito, transcrito, título de propiedad, u otro tipo de propiedad intelectual.

Ley de California

De acuerdo al Artículo 496 del Código Penal de California, se puede condenar a “Toda persona que compre o reciba bienes robados, sabiendo que dichas pertenencias son robadas o han sido obtenidas por medios ilícitos…” o si una persona “oculta, vende, retiene, o ayuda a ocultar, vender o retener las pertenencias del propietario legítimo.”

Dependiendo del valor de los artículos en cuestión y a criterio del fiscal de distrito, este delito puede entablarse como delito menor o como delito mayor en California (lo cual se conoce en inglés como “wobbler,” es decir, un delito no tipificado o de carácter variable).

Sanciones por Aceptar Bienes Robados

Una condena típica como delito menor, por bienes con un valor menor a los $400, se castiga con una multa y/o con hasta un año de cárcel de condado, dependiendo de cómo clasifique el juez dicho castigo "en interés de la justicia." El castigo por una condena de delito menor también puede aumentar si el acusado tiene en su pasado condenas por robo.

Una condena como delito mayor por aceptar bienes robados o asistir a un ladrón podría dar como resultado que usted sea enviado a la prisión estatal o a la cárcel del condado hasta por un año. La condena de prisión estatal se basa en la seriedad del delito: el valor de los artículos robados y los antecedentes penales del acusado.

Evite Cargos Penales

Si a usted se le imputan cargos posesión de bienes robados, el procurador debe probar que usted sabía que los artículos que recibió eran robados y/o que pretendía asistir al ladrón comprándole o guardando a su nombre los bienes robados. Una defensa que se puede usar a su favor es que la posesión era el resultado de un error inocente, cuando se creía que los bienes no eran robados. Existen ciertas defensas contra este delito de las cuales puede hablar con usted un abogado experimentado.

Dependiendo del valor de los bienes y de algunas otras condiciones, es posible evitar por completo una condena, las multas y/o el tiempo de cárcel. Su abogado puede ser el factor más importante que determine el resultado final de su condena.

Un Abogado Experimentado es su Mejor Defensa

El Abogado Defensor Penalista de Los Angeles Stephen G. Rodriguez, junto con su competente equipo de abogados defensores, tiene amplia experiencia trabajando con residentes de California que enfrentan cargos por aceptar bienes robados. Nos sentaremos con usted para hablar de los hechos referentes a su caso y evaluare el potencial del mismo. Los abogados del bufete jurídico de Stephen G. Rodriguez & Partners buscarán en forma dinámica aprovechar todas las opciones disponibles que le garanticen el mejor resultado en su caso, incluyendo las sentencias alternativas (sin tiempo de cárcel) o el irse a juicio.

Si quiere obtener representación y asesoría legal dinámica y efectiva, incluyendo el obtener una consulta confidencial gratuita, comuníquese con el abogado defensor penalista de California Stephen G. Rodriguez & Partners.

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